ABUSOS
Causa del cura Escobar Gaviria
En la demanda civil las víctimas demandan una cifra que supera los $90 millones por daño psicológico, primordialmente, consecuencia de los abusos sexuales a los que fueron sometidos por el religioso, en la casa de Dios, la casa parroquial de Lucas González, siendo niños.
El 30 de diciembre se dio por cerrada la etapa de mediación en el marco de la demanda civil que iniciaron las cuatro víctimas de los abusos sexuales a los que lo sometió el cura Juan Diego Escobar Gaviria mientras fue párroco de san Lucas Evangelista, de Lucas González -a 136 kilómetros de Paraná, en el departamento Nogoyá-, sitio en el que estuvo destinado por la Iglesia Católica entre 2005 y 2016.
Cerrada la fase conciliatoria, ahora ocurrirá la demanda civil ante los Tribunales de Nogoyá. La demanda civil -que sigue luego de que el cura resultara condenado en sede penal- sólo incluyó la participación de la representación legal de las cuatro víctimas -3 en el primer juicio, de 2017, ya que el cuarto caso fue anulado por fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), más el caso que llegó a juicio en 2020- y de la que tomaron parte la representación legal de las víctimas y del Arzobispado de Paraná.
No asistieron a la mediación penal ni el cura Escobar Gaviria ni tampoco la orden religiosa a la que pertenece, la Cruzada del Espíritu Santo, cuyo líder natural es el sacerdote Ignacio Peries, con sede en la parroquia Natividad del Señor, en Rosario.
De acuerdo a lo que pudo averiguar Entre Ríos Ahora, en la demanda civil las víctimas demandan una cifra que supera los $90 millones por daño psicológico, primordialmente, consecuencia de los abusos sexuales a los que fueron sometidos por el religioso, en la casa de Dios, la casa parroquial de Lucas González, siendo niños.
Las condenas penales
En 30 de noviembre de 2020, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay declaró al cura Escobar Gaviria, ya condenado en 2017 a 25 años de cárcel por abuso de menores, como «autor material y penalmente responsable del delito de promoción de la corrupción de menores, agravada por su condición de guardador», y le impuso la pena de 11 años de prisión.
El juicio se sustanció durante dos días, miércoles 18 y jueves 19 de noviembre, en Gualeguay, y al término de las audiencias el fiscal Rodrigo Molina y el querellante Mariano Navarro pidieron 12 años de cárcel para el sacerdote, que desde el 21 de abril de 2017 cumple prisión preventiva en la cárcel de Victoria. La defensa, a cargo de Milton Urrutia y María Alejandra Pérez, reclamó el sobreseimiento de su cliente.
El cura fue condenado el 6 de septiembre de 2017 por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.
El fallo, que se conoció de forma íntegra el jueves 14 de septiembre de 2017, contiene 304 páginas, en las que se encuentran todas las actuaciones del caso. Desde las primeras testimoniales tomadas a los menores cuando denunciaron los abusos, hasta las declaraciones de testigos –familiares, amigos, colaboradores de la parroquia-, y otros elementos que le permitieron al Tribunal llegar a la conclusión de que Escobar Gaviria cometió abusos, condenándolo a una pena proporcional a la gravedad de los delitos: 25 años de prisión efectiva.
La condena a 25 años de cárcel a Escobar Gaviria dictada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay fue confirmada por la Cámara de Casación Penal. Aunque la Sala Penal del STJ tuvo una mirada distinta, aunque reprochó el planteó que efectuaron los defensores del cura, Milton Urrutia y María Alejandra Pérez. El voto del vocal Daniel Carubia sostiene que «la censura impugnativa desplegada enarbola una confusa y genérica crítica que sólo esgrime su mera disconformidad con el resultado -por cierto, adverso a sus intereses- al que arriban los tribunales de mérito y de casación; empero, omite exponer una fundada refutación de todos y cada uno de los consistentes argumentos que sustentan los pronunciamientos que parecieran agraviar a su parte».