El juez Juan José Ardoy
El patriarcal STJ trasladó a una víctima de violencia género, y al juez agresor le dio una leve sanción
El juez Juan José Ardoy fue hallado culpable de violencia de género; pero la “castigada” por el STJ fue la víctima.
El Tribunal de la Sala Nº 3 de Trabajo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) ratificó la vocación cultural de ser parte del patriarcado “machirulo” y ratifica que además de ser obligatoria la capacitación de la Ley Micaela, debería ser aprobada y no solo cursada.
Esa instancia encontró culpable al juez Juan José Ardoy -a cargo del Juzgado Laboral Nº 3 de Concepción del Uruguay- del delito de violencia sexual y laboral contra una empleada judicial que lo había denunciado por acoso.
La contundencia de la denuncia y las pruebas presentadas ante el Superior Tribunal, sumado al propio reconocimiento del abusador, motivó que el tribunal lo encontrara culpable, publicó el diario Página/12.
No obstante, en lugar de iniciar un Jury para su desplazamiento y proteger a la víctima (lo que debería ser natural), la Sala N° 3 sacó pecho de gorila y optó por darle un mes de suspensión sin goce de haberes y que realice una capacitación en el tema de género en el marco de la Ley Micaela, algo que es obligatorio para agentes de los tres Poderes del Estado. Es decir, los brutos de la Sala N° 3 sancionan a un juez con una medida que para el juez es obligatoria por ser funcionario público. Una burla al ciudadano.
Mientras tanto, la Sala 3 ordenó que la víctima sea trasladada desde el cargo de jefa de despacho, para el que había concursado, y pase al fuero de Familia. ¿Se entiende? En vez de iniciar un Jury al juez agresor y confeso, ordenan trasladar del cargo ganado por concurso a la víctima.
“Tengo escasas expectativas de que se haga justicia, pero sigo sintiendo que vale la pena no callar, aun cuando el propio sistema en el que trabajo se arraiga en bases del patriarcado”, expresó la víctima.
En Entre Ríos hay un antecedente y es el caso del juez de Paz de Gualeguay, Eduardo Salem, que luego del Jury se destituyó al magistrado por ejercer violencia, maltrato y hostigamiento hacia dos empleadas de ese Juzgado. Pero, en este caso, a pesar de todas las pruebas, no se ha iniciado el proceso de Jury lo que podría implicar una protección al juez acosador y un mal mensaje para los demás hombres violentos.
El caso
Los hechos denunciados y probados comenzaron en 2017, cuando la víctima concursaba para el cargo de jefa de despacho, ocasión en la que comenzó a sufrir insinuaciones de carácter sexual por parte de Ardoy a través de comentarios en la jornada de trabajo y de mensajes de texto por celular. Incluso, previo al examen -siendo ella la única postulante para dicho puesto- el juez le propuso reunirse para dialogar sobre las funciones del futuro cargo.
El juez formulaba estas propuestas de manera verbal y también mediante mensajes que constan en la causa, y donde quedó claramente demostrado cómo le ofrecía beneficiarla en el concurso anticipándole las preguntas del mismo, a cambio de que aceptara sus propuestas sexuales, incluso le habló de la posibilidad de ocupar el cargo de secretaria, siempre a cambio de que accediera a sus pedidos.
Ante el constante rechazo a los avances del juez Ardoy, el acoso sexual se convirtió en maltrato y hostigamiento laboral. El Equipo Técnico Interdisciplinario del STJER que intervino en el caso -integrado por el psiquiatra Javier Ramírez Arduh y las psicólogas Virginia Bravo y Silvia Ermácora- fue categórico. En el informe señalaron: “Cabe destacar el tiempo prolongado en el (la víctima), estuvo sometida a las diferentes formas de violencia en el ámbito laboral, siendo que no se trató de un hecho único sino de múltiples situaciones que, de forma reiterada, configuran una única situación de violencia de género en el ámbito laboral, de tipo psicológica, simbólica y sexual principalmente, en perjuicio de su situación laboral y personal”.
La particular forma de violencia sexual en el ámbito laboral, incluye prácticas y amenazas que buscan causar un daño físico, psicológico, sexual o económico sino se accede a la “exigencia” del victimario. Está claro además en la jurisprudencia argentina, que quien debe ser separado de su lugar de trabajo es quien ocasiona el daño, si este delito se da en el ámbito laboral.
Sin embargo, en el STJER decidieron mantener a Ardoy en su cargo, suspender sus honorarios por un mes (una ganga por la fortuna que perciben todos los meses) y mandarlo a capacitarse en la Ley Micaela (algo que es obligatorio para todo funcionario).
“Yo perdí mi trabajo para el cual había concursado, ya que al momento de la denuncia me transfirieron a un Juzgado de Familia para preservarme y continuar prestando mis tareas”, se quejó la víctima que, no obstante, admite que “la medida limita la reserva de mi puesto como jefa de Despacho sólo al fuero Laboral, impidiéndome así tener la posibilidad de acceder a ocupar dicho cargo en otros fueros, como tampoco contempla la posibilidad de ser nombrada en el lugar donde fui asignada de manera temporaria, en caso de producirse una vacante”, explicó para dar cuenta que la decisión de la Sala 3 también es una expresión de violencia laboral. “Quien denuncie, será castigado”, pareciera ser el claro mensaje de “los supremos”.
Al momento de ser entrevistado por Página/12, el juez Ardoy refirió ser consciente de haber incurrido en una actitud improcedente como de “inconducta” propia de su estructura cultural, disponiéndose a disculparse, poniéndose a disposición para espacios institucionales donde se capacite a los actores intervinientes en el marco de la ley Micaela.
En el informe de los profesionales se indica que luego de entrevistar al juez, éste reconoció “haberse equivocado como hombre en relación a lo sucedido (con la víctima), tanto en lo personal como en el contexto laboral” y es el propio Ardoy, el que admite que realiza tratamiento psiquiátrico, que le han indicado tratamiento farmacológico, “porque se ponía de mal humor e irascible”.
Estos hechos de violencia son además un ejemplo de la violencia simbólica en los lugares de trabajo, lo que puede generar efectos no solo en la salud sino también en la confianza, la moral y el rendimiento de las personas que lo padecen, con consecuencias altamente lesivas para la intimidad y la dignidad de la persona, como también para el entorno laboral.