Santa Elena
Seguirá libre el hombre que encerró y amenazó a su ex con bate de beisbol
Admitió en juicio abreviado que privó de su libertad, bajo amenaza con un bate de beisbol, a su expareja en octubre de 2021. Además, reconoció haber cometido un robo en agosto de 2022. Los hechos ocurrieron en Santa Elena.
Julián Oriel Cañete, de 19 años, con domicilio en la localidad de Saladillo, provincia de Santa Fe, admitió que privó de su libertad, bajo amenaza con un bate de beisbol, a su expareja y que cometió un robo en la vía pública en Santa Elena.
Según la sentencia, el 1 de marzo el juez de Garantías de La Paz, Ramón Aurelio Lell, homologó el acuerdo de juicio abreviado que presentaron la Fiscalía y la defensa pública del joven. Por ello, lo encontró responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada, hurto simple y desobediencia judicial y lo condenó a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional -seguirá libre-; más tres años de cumplimiento de reglas de conducta.
En primer lugar, Cañete admitió que el 2 de octubre de 2021, aproximadamente a la 1 de la madrugada, mientras se encontraba en el anfiteatro de Santa Elena llevó a su expareja "contra su consentimiento a una vivienda sita en sobre calle Misiones", lugar en el cual la encerró, "exhibiéndole de manera intimidatoria un bate de beisbol". Cuando la víctima pudo escapar, el joven se apoderó de su teléfono celular.
En segundo término, reconoció que el 24 de agosto de 2022, alrededor de las 18,30, le sustrajo un teléfono a una joven en proximidades de intersección de calles Francisco Ramírez y Entre Ríos.
Por último, aceptó que el 27 de octubre de 2022, aproximadamente a las 23,50, violó la perimetral que se le aplicó para que no se acerque a su expareja. Aquella vez fue detenido por la Policía.
Tras valorar las probanzas presentadas por las partes, el juez consideró que constituyen elementos atenuantes, "que el imputado acepte y reconozca su culpabilidad por los hechos atribuidos", como así también "la carencia de antecedentes penalmente computables por parte del imputado y el grado de instrucción alcanzado".
En tanto, en relación a los elementos agravantes, señaló que "habiéndose acordado por las partes que la pena a imponer sea el mínimo previsto para los delitos que se le imputan, entiendo no corresponde entrar en el análisis de los mismos".
Así, además de los dos años de prisión condicional, le aplicó tres de reglas de conductas: Durante ese tiempo deberá realizar un curso de reeducación emocional, brindado por el Área de la Mujer de la Municipalidad de la ciudad de La Paz, terapia psicológica -previo diagnóstico que acredite la necesidad de la misma- o curso de similares características que sea aconsejado por parte de la Oficina de Medios Alternativos de la Jurisdicción; y deberá abstenerse de realizar actos molestos, intimidatorios y/o perturbadores en relación a la víctima, publica La Sexta.