Fútbol
TRIBUNAL DE DISCIPLINA FEF: SANCIONES Y FALLO
Se conoció en la tarde de hoy jueves las sanciones del Tribunal de Disciplina de la Federación Entrerriana de Fútbol y el fallo correspondiente a la protesta presentada por el club Camionero de Paraná a Martín Fierro de Maciá. Todos los detalles en el boletín N°23
BOLETIN N° 23
“TORNEO SUPERCOPA”
ESTADIO: JUVENTUD UNIDA (GCHU)
PARTIDO: CLUB JUVENTUD UNIDA /MARIA AUXILIADORA
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 9 (Club Juventud Unida) Benitez Cesar DNI Nº 38.516.812 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-
b- Jugador Nº 3 (Club Maria Auxiliadora) Ferreira Carlos DNI N° 34.629.692 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-
c- Jugador Nº 1 (Club Juventud Unida) Weggenhauser Leandro DNI Nº 29.024.607 un (a) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-
ESTADIO: CLUB
PARTIDO: ATL COLONIA ELIAS / UNION (CDIA)
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 8 (Club Union Cdia) Maquiavello Uriel DNI Nº 43.926.566 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-
b- Jugador Nº 13 (Club Colonia Elias ) Delfino Santiago DNI Nº 41.332.457 cuatro (4) partido de suspensión Art 185,32,33 RTP-
c- Director Tecnico (Club Colonia Elias ) Mendoza Adrian DNI Nº 41.980.839 cuatro (4) partidos de suspensión Art 186,260,32,33
RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP
d- Ayudante de campo (Club Colonia Elias ) Viganoni Walter DNI Nº 38.171.789 cuatro (4) partidos de suspensión Art 186,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP
ESTADIO: CLUB 9 DE JULIO
PARTIDO: REAL CDIA / LIVERPOOL
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 2 (Club Real Cdia ) Flores Axel DNI Nº 45.358.110 dos (2) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-
b- Director Técnico (Club Liverpool ) Fleitas Cristian DNI Nº 28.890.510 dos (2) partidos de suspensión Art 186,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP
c- Ayudante de Campo (Club Liverpool ) Parla Hugo DNI Nº 35.298.983 dos (2) partidos de suspensión Art 186,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP
ESTADIO: CLUB CAMBA CUA
PARTIDO: CAMBA CUA (STA ELENA) / ORO VERDE (PNA)
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 10 (Club Camba Cua ) Puig Gabriel DNI Nº 35.296.284 tres (3) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-
ESTADIO: CLUB UNION Y RECREO (SAN JUSTO)
PARTIDO: CLUB UNION Y RECREO / CABALLU
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 11 (Club Caballu) Franco Cesar DNI Nº 39.576.713 dos (2) partido de suspensión Art 205,32,33 RTP-
b- Jugador Nº 2 (Club Caballu) Scaldaffeno Simon Tomas DNI Nº 44.210.685 dos (2) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-
ESTADIO: CLUB DEF DEL OESTE
PARTIDO: CLUB AT DEF DEL OESTE / ATL BASAVILBASO
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Director Tecnico (Club At Basavilbaso ) Alfaro Gabriel DNI Nº 34.126.302 un (1) partidos de suspensión Art 186,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP
b- Jugador Nº 9 (Club At Basavilbaso) Vallejo Agustin DNI Nº 40.790.837 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-
c- Jugador Nº 5 (Club Def del Oeste) Taborda Tomas DNI Nº 45.554.410 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-
ESTADIO: CLUB BANCARIOS
PARTIDO: CENTRO BANCARIO / SANTA MARTA
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 2 (Club Santa Marta ) Arzuaga Alan Valentin DNI Nº 44.875.019 un (1) partido de suspensión Art 207,32,33 RTP-
ESTADIO: CLUB SAUCE
PARTIDO: CLUB SAUCE (COLON) / DEP URDINARRAIN (GCHU)
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Jugador Nº 15 (Club Sauce ) Fernandez Brian DNI Nº 38.236.942 dos (2) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-
b- Jugador Nº 14 (Club Dep Urdinarrain ) Peralta Luis DNI Nº 43.716.280 dos (2) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-
c- Jugador Nº 17 (Club Sauce ) Lopez Rodrigo DNI Nº 43.296.032 cuatro (4 ) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-
d- Jugador Nº 1 (Club Urdinarrain ) Gonzalez Juan DNI Nº 37.081.450 dos (2 ) partido de suspensión Art 201,32,33 RTP-
e- Jugador Nº 10 (Club Sauce ) Gonzalez Hugo DNI Nº 37.547.238 cuatro (4 ) partido de suspensión Art 200,32,33 RTP-
f- Jugador Nº 9 (Club Urdinarrain) Nuñez Damian DNI Nº 36.103.197 dos (42) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP-
g- Jugador Nº 6 (Club Dep Urdinarrain ) Morinico Pedro DNI Nº 36.381.678 un (1 ) partido de suspensión Art 186,32,33 RTP-
h- Integrante (Club Dep Urdinarrain) Aguirre Romualdo DNI Nº 25.528.515 cuatro (4) partidos de suspensión Art 185,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP
ESTADIO: CLUB SAN JOSE
PARTIDO: CLUB SyD SAN JOSE / CLUB ATL ROSARIO DEL TALA
Visto lo informado por el Árbitro del encuentro, se Resuelve:
a- Ayudante de campo (Club San Jose ) Mora Sebastian DNI Nº 30.802.812 dos (2) partidos de suspensión Art 186,260,32,33 RTP. La sanción podrá ser sustituida por multa de 21 VE por cada partido Art 260 tercer párrafo RTP.
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Tribunal de disciplina
Federación Entrerriana de fútbol
Expediente PROTESTA / CLUB CAMIONEROS (PNA)
Paraná, 16 de febrero de 2023.
Vistos
1°) En virtud de la protesta formulada el dia 13 de Febrero por el club Camioneros (Liga Paraná) reclamando la incorrecta inclusión del jugador SCHNEIDER AITOR ESTEBAN MARTIN DNI N° 38.262.034 en la serie que disputaban los equipos de los clubes CAMIONEROS VS MARTIN FIERRO DE MACIA por el Torneo supercopa Entre Ríos edición 2022-2023.
CONSIDERANDO
2°) Que la protesta se funda en que el jugador SCHNEIDER AITOR ESTEBAN MARTIN DNI N° 38.262.034 recibió TRES (3) fechas de suspensión y según indica el club Camioneros (Pna) no los habría cumplido.
3°) Presenta como pruebas planillas de partido, boletín oficial N° 21, DONDE CONSTA LA APLICACIÓN DE LA SANCION.
El tribunal corrió los traslados pertinentes y va a proceder al análisis de la cuestión.
El jugador SCHNEIDER AITOR ESTEBAN MARTIN DNI N° 38.262.034 fue expulsado el día 17 de diciembre en el partido correspondiente a la tercera fecha de la SUPERCOPA ENTRE RIOS, que el partido se jugó en cancha de Martin Fierro de Macia y que pasaron tres fechas desde la suspensión automática del jugador por la expulsión Art. 27 – El jugador que infrinja las disposiciones contenidas en las Reglas de juego, Reglamento de la Liga o incurra en acto de indisciplina y sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontará la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática.
Que el Club CAMIONEROS incurre en un error al presentar la protesta, el jugador SCHNEIDER AITOR ESTEBAN MARTIN DNI N 38.262.034 al momento de comenzar a jugar la serie, estaba habilitado para participar del juego y teniendo en cuenta que en el Boletín N° 21 indica partido (Martin Fierro / Club Unión y Recreo) y claramente esta en la fixturacion que tienen cada uno de los Clubes participantes.
Por los motivos expuestos este Tribunal
RESUELVE:
1°) Rechazar LA PROTESTA presentado por el Club CAMIOMEROS (Liga Paraná) (Arts. 32 y 33 del RTP).
2°) Destinar a la cuenta de gastos administrativos el importe depositado por el Club Camioneros (Pna) (Art. 21 RTP).
3°) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP)
HORACIO METZ SECRETARIO
DANTE MOLINA PRESIDENTE
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