JUDICIALES
EDICTO S/ MOLINA CLEMENTE ADAN Y VILLARRUEL CATALINA BEATRIZ
EDICTO N° 636/1 DIARIO LOCAL “EL DEBATE PREGON” El Sr. Juez Dr. Fabián Morahan, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la Ciudad de Gualeguay, Entre Ríos, Secretaria única de quien suscribe, en los autos caratulados: "MOLINA CLEMENTE ADAN Y VILLARRUEL CATALINA BEATRIZ S/ SUCESORIO AB INTESTATO" Expte.: 12405, cita y emplaza por el término de diez (10) días, a contar desde la última publicación del presente, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los CLEMENTE ADÁN MOLINA DNI 5.876.899 y CATALINA BEATRIZ VILLARRUEL DNI 6.423.809, vecinos que fueran de nuestra ciudad, fallecidos en Gualeguay, Entre Ríos, en fecha 20/01/2008 y 04/07/2004 respectivamente. La resolución que ordena el presente en su parte pertinente expresa: “///-leguay, 23 de julio de 2024.- (…) Estando acreditado el fallecimiento de los causantes y el carácter de parte legítima con la documental acompañada, decrétase la apertura del juicio sucesorio de don CLEMENTE ADÁN MOLINA fallecido el 20/01/2008 y CATALINA BEATRIZ VILLARRUEL fallecida el 04/07/2004, vecinos que fuera de esta ciudad, y publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial -conforme lo establecido por el art. 2340 del Cod. Civ. y Com. -último párrafo- y por tres días en el diario local El Debate Pregón -art. 728 del CPCC-, llamando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, quienes deberán acreditarlo dentro de los treinta y diez días respectivamente- (…) Notifíquese por SNE. ca FABIAN MORAHAN Juez Civ. y Com. N° 1 La presente se suscribe mediante firma digital - Acuerdo General n° 33/22 del 04.10.20 Punto 6°) Resolución STJ n° 206 del 28.10.2022///”. -