Defensa del Consumidor: reclamos como usuarios de Telefonía
La Oficina de Defensa del Consumidor, pone a consideración dónde realizar reclamos como usuarios de Telefonía, sus derechos y demás requisitos como consumidores
La Secretaría de Hacienda y Producción, a cargo del C.P.N. Gustavo Ipoutcha, comunica que, la Oficina de Defensa del Consumidor, pone a consideración dónde realizar reclamos como usuarios de Telefonía, sus derechos y demás requisitos como consumidores.
1) Usted puede elegir entre los distintos prestadores del servicio.
2) Tiene derecho a cambiar de prestador del servicio, pudiendo su número de teléfono móvil (Portabilidad). Se establece un plazo mínimo de permanencia de 60 días corridos contados a partir de que el número fue efectivamente portado. Se sugiere consultar a la prestadora posibles costos por rescisión anticipada, antes de realizar la portabilidad. Además, puede utilizar en cualquier prestador su estación terminal móvil homologada, siempre y cuando no existan impedimentos técnicos, ya que el prestador tiene obligación de liberar el equipo móvil.
3) En caso de viajar al exterior y utilizar su teléfono celular, sea para realizar llamados o para conectarse a internet, se incluirá en la factura el roaming internacional. Por consiguiente, con carácter previo a realizar su viaje, procure informarse con su compañía telefónica cuál es el costo del mismo.
4) Si Ud. posee un teléfono celular de última generación o smartphone, deberá programar su teléfono para que no se conecte automáticamente a internet.
5) La llamada telefónica desde su teléfono celular recién comienza a ser facturada cuando la misma es atendida.
6) Ud. puede solicitar, a su cargo, la facturación detallada por el o los períodos que estime convenientes.
7) Ud. tiene derecho a acceder en forma gratuita a los servicios de emergencia, en especial a los de la policía, bomberos, salud pública y Defensa Civil.
8) Ud. tiene derecho a que la Prestadora le remita las facturas con una anticipación de CINCO (5) días corridos anteriores a la fecha de su vencimiento.
9) Tiene derecho a recibir la información que solicite relativa a los servicios a prestar y las alternativas, componentes y precios del mismo, los valores de cargos por activación, los fijos mensuales y por uso del servicio y de la red telefónica pública; costo de los minutos en el aire en horas pico, no pico y días no laborables; cargos permanentes; plazos de contratación; bonificaciones y cargos administrativos en caso de rescisión anticipada del contrato de prestación del servicio.
10) Las empresas de telefonía móvil tienen que contar con mecanismos de recepción y atención de reclamos que incluya, en forma gratuita, un número telefónico de atención las veinticuatro (24) horas del día, otorgando siempre número de reclamo/gestión.
11) Como usuario tiene derecho a recibir respuesta a sus reclamos ante el prestador en los siguientes plazos:
Reclamos por deficiencias e interrupción del servicio, en 3 días hábiles administrativos.
Reclamos por facturación, en 10 días hábiles administrativos.
Otros reclamos en 15 días hábiles administrativos.
12) Si Ud. no hubiere recibido respuesta a su reclamo en los plazos establecidos, o que habiendo recibido la misma no se encuentra satisfecho con la respuesta, puede presentar su reclamo ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM - 0261-4234287 / 4242733) o ante la Oficina de Defensa del Consumidor. La denuncia o reclamo no puede ser presentado en ambos organismos, por lo que deberá elegir uno de ellos.
ENACOM no tiene competencia en los reclamos referidos con el terminal móvil (mal funcionamiento, rotura, inconvenientes con el servicio técnico, falta de cobertura por parte del seguro, etc.).
13) No es necesario efectuar el reclamo en el ENACOM o interponer la denuncia en la Dirección de Defensa del Consumidor para poder iniciar un juicio en los tribunales competentes.
14) En los casos en que las facturas y recargos, que pudieran corresponder, no fueren abonados dentro de los plazos de vencimiento establecidos en las facturas, el prestador podrá proceder a la suspensión del servicio.
15) Si el servicio ha sido suspendido, y hasta que tenga lugar la baja definitiva o el levantamiento de la suspensión por el prestador ante el pago, el cliente moroso deberá pagar además del monto original, los recargos por mora y el derecho de rehabilitación vigente cuando correspondiera, de acuerdo con las políticas de cada prestador y según lo establecido en las condiciones del contrato de prestación del servicio.
16) Si el servicio ha sido suspendido y no ha sido cancelado el importe total adeudado, el prestador podrá proceder a dar de baja el servicio en forma definitiva, extinguiéndose automáticamente el contrato existente y quedando el prestador facultado para disponer libremente del servicio y del número asignado al cliente.
17) La baja definitiva no implica la liberación de la obligación del pago de la deuda pendiente, más los recargos por los incumplimientos correspondientes.
La oficina de Defensa del Consumidor Municipal, está a cargo de la Dra. Verónica Kullman.; está abierta de lunes a viernes, de 7:00 a 13:00 hs teléfono de contacto: 03444-429366; e-mail: defconsumidor@gualeguay.gob.ar