Exención
Jubilados: Tramites de Exención
Rentas informa que los jubilados que habían tramitado la exención en la Tasa de Obras Sanitarias o Inmobiliaria para el 2020, no deben volver a hacer el trámite
Rentas Municipal, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Producción -a cargo del C.P.N. Gustavo Ipoutcha- informa que aquellos jubilados que habían tramitado la exención en la Tasa de Obras Sanitarias o Tasa Inmobiliaria para el año 2020, NO deben volver a hacer el trámite para este año 2021, por el contexto en el que estamos atravesando.
Por otro lado, para aquellos Jubilados que deseen ingresar por primera vez el Trámite de Exención, deben comunicarse con la oficina de Rentas para explicarles el procedimiento.
Cabe destacar que, la exención es dirigido a todos los Jubilados y Pensionados (Nacionales, provinciales y/o municipales) que cobren la jubilación Mínima, Tengan única Propiedad a su nombre o cónyuge, y deberán tener como Único ingreso la Jubilación o Pensión.
Medios de contacto para asesorarse: Rentas Municipal, en el horario de 7:00 a 13:00, de lunes a viernes. Correo Electrónico: rentas@gualeguay.gob.ar. Whatsapp: 03444-15588699.