De acuerdo a los datos de REJUCAV
Más de diez mil mujeres y niñas entrerrianas víctimas de violencia durante 2024
El dato se desprende de la segunda parte de la nota con la Dra. Pivas, publicada este domingo en El Debate Pregón. Pivas es especialista en Derecho Penal, ex Vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay y docente universitaria. En este caso, su respuesta dio cuenta del trabajo del poder judicial en torno a la violencia de género. Compartimos su reflexión y recomendamos la lectura en conjunto de ambas notas:
“Es ineludible incluir en la respuesta a Carmen Argibay, con quien tuvimos el placer de compartir encuentros, capacitaciones y congresos, ya que produjo un impacto significativo en la justicia argentina en términos de promoción de derechos humanos, abogando por la incorporación de la perspectiva de género en el sistema judicial para garantizar que las decisiones judiciales tuvieran en cuenta las realidades enfrentadas por las mujeres. Su discurso se refleja fielmente en sus fallos que se alzan como doctrina judicial de género con significativo impacto en el sistema judicial en términos de promoción de los derechos humanos. Fue líder y promotora de políticas públicas orientadas a visibilizar los derechos de las mujeres. Como así, una firme defensora de los derechos humanos e impulsora del acceso a justicia para víctimas, especialmente aquellas afectadas por casos relacionados con violencia estructural y sistemática. Mentora y fundadora de la Oficina de la Mujer en la CSJN.
Por todo ello, no es casual que el año pasado, con motivo de cumplirse el 10° aniversario de su fallecimiento, la Corte estimó un deber recordar su destacada personalidad como “una mujer de profundas e inclaudicables convicciones democráticas que honró a la magistratura argentina” y ejerció “con ejemplar dignidad” el cargo de ministra del Máximo Tribunal durante más de nueve años.
El Poder Judicial de Entre Ríos no resultó ajeno a la inspiración de Argibay, creando el Centro Judicial de Género que lleva su nombre y que cuenta con dos oficinas: la Oficina de la Mujer, que tiene a su cargo la unidad de registros y estadísticas, la unidad de capacitación y difusión y la unidad de investigación y transversalización, y la Oficina de Violencia Doméstica, para la recepción, toma de denuncias, escucha activa, orientación y prevención de las violencias.
Entre Ríos, puede exhibirse como una de las provincias cuyo Poder Judicial se encuentra preparado para el abordaje de las violencias hacia la mujer. A diferencia de otras provincias, la nuestra cuenta con el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia (REJUCAV), aprobado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos mediante Acuerdo General del 4 de agosto de 2015, que funciona en el ámbito de la Oficina de Violencia de Género del Centro Judicial de Género. Este organismo el 25 de noviembre último, con motivo de conmemorarse el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y con el propósito de contribuir a la visibilización del fenómeno, presentó un informe basado en los resultados obtenidos, correspondientes al período 01-01-24 al 15-11-24, dando cuenta que hubo un total de 11.088 nuevos expedientes que se tramitaron en la justicia de Entre Ríos. Del informe se desprende que de ellos el 29.78 % corresponden a violencia familiar (Ley 10668; el 51.18 % a Violencia de Género -contra la mujer y colectivo LGBTQ++- y el 19.04 % a delitos vinculados a dichos tipos de procesos (Expedientes Penales). Sobre un total de 11.945 víctimas registradas en los procesos iniciados durante el periodo informado, 10.732 son de género femenino (mujeres y niñas). Las mujeres representan el 89.85 % sobre el total de víctimas de violencia que se han registrado en ese período.
Ya que se nos pregunta por la Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado (Ley 27.499), advertimos desde aquí, que debemos estar atentos debido a que la misma está siendo objeto de embates por parte de la actual gestión, que pareciera pivotear entre derogarla o llevar su alcance a su mínima expresión, sin advertir que aun así, desde 1996, con la aprobación de la ya citada Convención Belém do Pará (Ley 24.632) Argentina está obligada (art. 8.c), como Estado parte a fomentar 'la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley, así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer'. Igualmente, la CEDAW también nos recomienda como medida preventiva que la Argentina ofrezca capacitación, educación y formación obligatorias, periódicas y efectivas a los miembros del Poder Judicial, abogados y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos el personal médico forense, los legisladores y los profesionales de la salud, personal educativo, social y de bienestar, a fin de equiparlos para prevenir y combatir debidamente la violencia por razón de género contra la mujer.
Las situaciones expuestas, nos colocan ante un horizonte poco claro en términos de derechos humanos, tal garantizar uno tan básico para las mujeres: vivir una vida libre de violencias.
Como ya lo tenemos dicho: que la libertad avance no puede implicar, de modo alguno, que los derechos humanos retrocedan, porque es de su esencia la progresividad y la no regresividad”.