Comienza la suba del mínimo no imponible en el impuesto a las ganancias
La AFIP publicó en el Boletín Oficial tres resoluciones generales con estas medidas y con la ampliación de los planes permanentes de facilidades de pago. Las diferencias a favor del contribuyente se devolverán entre septiembre y octubre.
La AFIP implementó desde este viernes tres importantes medidas impositivas que beneficiarán a los empleados en relación de dependencia, los trabajadores autónomos, los jubilados y las Pymes.Estas resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, forman parte de la estrategia del Gobierno de mejorar los ingresos de todos los contribuyentes.En primer término, la resolución general 4546 actualizó el mínimo no imponible y la deducción especial del impuesto a las Ganancias en un 20 por ciento, luego de la última actualización del 28,3%.La AFIP comenzará a aplicar la baja en las retenciones en forma inmediata, aunque antes del final del ejercicio fiscal (en marzo próximo), la medida necesitará la aprobación del Congreso.En esta resolución se determina que las diferencias que pudieran generarse a favor de los contribuyentes por la suba en el mínimo no imponible y en la deducción especial se reintegrarán en dos cuotas iguales, en septiembre y octubre de este año.Cabe destacar que esta modificación beneficiará a 1,9 millones de trabajadores activos y a 400 mil jubilados.En segundo lugar, la resolución general 4547 dispuso la reducción del 50% de los anticipos del impuesto a las Ganancias que deben pagar las personas físicas (incluidos los trabajadores autónomos) en lo que resta de este año (octubre y diciembre).Por último, la resolución general 4548 habilitó la ampliación de los planes permanentes de facilidades de pago que permiten regularizar las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y las aduaneras. En el caso de las Pymes, los planes pasarán de 6 a 10 planes; el resto de los contribuyentes podrá acceder hasta tres planes.Una de las claves de esta resolución es la suspensión del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) hasta el 31 de diciembre de este año. Esto permitirá que los contribuyentes accedan a la cantidad máxima de planes y a la menor tasa de interés disponible con independencia de su perfil de riesgo tributario.En los próximos días se conocerán otras resoluciones del organismo, como la que contempla la extensión de 60 a 120 cuotas del plan de facilidades para cancelar deuda vencida y la que prevé la exención del pago del componente impositivo del Monotributo del mes próximo, entre otras.Fuente: ELONCE
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