Dióxido de cloro: la Anmat recordó que no está autorizado
La autoridad sanitaria enfatizó a la población no consumirlo y el toxicólogo Carlos Damin repudió la orden judicial que autorizó el uso de esta sustancia en un paciente
Mientras las principales sociedades médicas y científicas del país emitieron un comunicado en el que manifestaron su "preocupación por la injerencia del poder judicial en un tema médico-científico con implicancia en la salud pública", en referencia a la aplicación de dióxido de cloro en un paciente con COVID-19 que fue autorizada por un fallo judicial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), recordó a la comunidad no consumir productos que contengan dióxido de cloro o sustancias relacionadas (clorito de sodio, hipoclorito de sodio, lavandina) ya que no hay evidencia científica sobre su eficacia y el uso de estos productos podría ocasionar graves efectos adversos.
Al igual que se informó en agosto del año pasado, la ANMAT precisó que la utilización de dióxido de cloro para el tratamiento de COVID-19 u otras enfermedades, no cuenta con estudios que demuestren su eficacia y no posee autorización alguna por parte de este organismo para su comercialización y uso.
"En consonancia, la Organización Panamericana de la Salud (OPS), emitió un documento sobre la posibilidad de efectos adversos que podría causar la ingesta del producto en cuestión. Por ello, se recuerda a la población no utilizar productos no autorizados, ya que se encuentran fuera de lo establecido en la normativa vigente", finalizó la Anmat.
El juez en lo civil Javier Pico Terreno hizo lugar al amparo presentado y dispuso que el Sanatorio Otamendi y Miroli administrara a un paciente internado por un cuadro grave de coronavirus la sustancia que le había sido indicada por su neurocirujano particular. Si bien la clínica apeló la medida, debió luego realizar la práctica aunque aclaró que lo hacía fuera de su responsabilidad. El hombre de 92 años falleció ayer lunes, según confirmó el abogado de la familia, Martín Sarubbi.
"Me parece muy preocupante que un juez pueda creer que tiene la autoridad para ordenar la administración de una sustancia que no es un medicamento, no solo en la Argentina sino en ninguna parte del mundo, y que indique la forma en que hay que suministrarlo. Yo creo en la justicia y espero que la justicia revierta esta situación. Es realmente peligroso que la justicia se arrogue este tipo de autoridad, porque no es que ordenó aplicar un medicamento que se usa en algún lado y que un sanatorio no querían aplicarlo. Ordenó usar como medicamento algo que no es un medicamento en ninguna parte del mundo. Es peligroso", explicó a Infobae el doctor Carlos Damin (MN 81.870), jefe de Toxicología del Hospital Fernández, de la Cátedra de Toxicología de la Facultad de Medicina de la UBA y presidente de Fundartox.
"Creo que los médicos tienen que mantener su posición de la medicina basada en la evidencia. Creo que únicamente el accionar de la ciencia es lo que a nosotros nos respalda y nos da la certeza de que yo prefiero no tener un medicamento a que se utilice cualquier cosa con riesgo para la salud. Cuando un medicamento pasó por todas las etapas de investigación y se pone a disposición, es la única manera de hacer una medicina segura basada en evidencia", agregó el especialista.
Y concluyó: "Hoy 40 asociaciones y sociedades científicas repudiaron el accionar del juez y del médico que dio la indicación, con lo que me parece que la situación es muy clara. Me parece que la mejor manera de informar a la sociedad es haciendo hincapié de la evidencia científica. El dióxido de cloro puede provocar daño, porque básicamente no se sabe en que forma ni donde se compra, ni a quien se le compra, nunca hay un responsable atrás, entonces no hay evidencia científica de que sea efectivo y además no hay control de calidad de lo que se está ingiriendo, por lo tanto es extremadamente peligroso su consumo ¿Quién garantiza la concentración que tiene el producto que están consumiendo? Porque si realmente fuera una dilución muy alta, bueno, probablemente no sea ni tóxico ni efectivo, el tema es que nadie sabe cual es la concentración. Entonces me parece que siendo claro, hablando de la evidencia científica y siempre respaldando lo que dice la sociedad científica en su conjunto y no un solo médico".
El comunicado que hizo referencia Damin, repudió la medida cautelar que "obliga al equipo terapéutico a utilizar substancias no aprobadas por el ente regulador y formalmente contraindicadas por quienes sustentan su práctica sobre evidencias científicas irrefutables". "Con una substancia que, tanto el Ministerio de Salud de Nación, como otras instituciones vinculadas a la salud se habían manifestado contraindicando su aplicación, no sólo por su ineficacia sino fundamentalmente por su falta de seguridad", enfatizaron.
"La justicia no debe obligar a los médicos a indicar una medicación que no tiene respaldo científico y que no está autorizada por los entes de regulación nacional e internacional, ni respaldada por las sociedades científicas nacionales e internacionales -continúa el texto que firmaron 45 asociaciones de profesionales de la Argentina-. Las autoridades competentes (ministerios de salud, secretarías de salud, colegios o consejos de médicos, instituciones judiciales, otras) deben dar seguridad y garantía jurídica a los profesionales para que puedan actuar con la libertad que otorga la evidencia científica y frenen la judicialización sin fundamentos científicos".
Para ellos, "la autonomía del equipo de salud, fundamentada en el conocimiento científico y en sólidas posturas bioéticas, no puede ser reemplazada por decisiones judiciales carentes de fundamento científico que pueden dañar a la población".
Y si bien aseguraron entender "la desesperación de los pacientes y sus familias ante la presencia de una enfermedad", se manifestaron "respetuosos de los principios de la bioética y reconociendo el principio de "autonomía" de los pacientes, damos a conocer que existen otros principios como el de "beneficencia" (en este caso ausente) pero fundamentalmente el de "no maleficencia" ("primum non nocere": "lo primero es no hacer daño"): primero no dañar es un eje rector ante todo acto médico e implica no indicar productos sin evidencia científica".
"Ante estos hechos, repudiamos el accionar de aquellos profesionales de la salud que alientan estas medidas y no miden el daño de sus actos", concluye el comunicado al que adhirieron la Asociación Argentina de Disfagia (AAD), Asociación Argentina de Microbiología (AAM), Asociación Argentina de Nutricionistas y Licenciadas en Nutrición (AADYND), Asociación Argentina de Salud Mental (AASM), Asociación Argentina de Sexología y Educación Sexual (AASES), Asociación Civil Surcos, Asociación de Medicina Interna de Rosario (AMIR), Asociación de psicólogos y psicólogas de Buenos Aires (APBA), Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA), Asociación Entrerriana de Nutrición (AEN), Asociación Medicina Interna de Venado Tuerto (AMIVET), Asociación Metropolitana de Medicina Familiar, Asociación Toxicológica Argentina (ATA), Comité de ética de la Sociedad Argentina de Diabetes, Federación Argentina de Medicina Familiar y General (FAMFyG), Foro Argentino de Clínica Médica, Fundación Cardiológica Argentina, Fundación Emergencias, Fundación Huésped, Fundación Trauma, Fundartox, Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento, Liga Argentina de Protección al Diabético (LAPDI), Proyecto Suma, Red Argentina de investigadoras e investigadores en Salud (RAIIS), Red Integrada de Médicos Argentina (REDIMA), Sociedad Argentina de Diabetes (SAD), Sociedad Argentina de Emergencias (SAE), Sociedad Argentina de Infectología (SADI), Sociedad Argentina de Infectología Pediátrica (SADIP), Sociedad Argentina de Medicina (SAM), Sociedad Argentina de Medicina Interna General (SAMIG), Sociedad Argentina de Medicina Prehospitalaria (SAMPRE), Sociedad Argentina de Primera Infancia (SAPI), Sociedad Argentina de Reumatología (SAR), Sociedad Argentina de Terapia Intensiva (SATI), Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemiología (SAVE), Sociedad Argentina de Virología (SAV), Sociedad Argentina para el estudio de las adicciones (SAEA), Sociedad Científica de Emergentologia Argentina (SCEA), Sociedad de Medicina Interna de Córdoba (SMICBA), Sociedad de Medicina Interna de la Costa Atlántica (SoMICA), Sociedad de Medicina Interna de Pergamino, Sociedad de Medicina Interna de Santa Fe, y Sociedad Iberoamericana de Salud Ambiental (SIBSA).