Ley de Enfermería: El Senado de la provincia dio media sanción
El Senado de la provincia dio media sanción, por unanimidad, la Ley de Enfermería y pasará a la Cámara de Diputados.
El Senado de la provincia dio media sanción, por unanimidad, la Ley de Enfermería y el Régimen de Protección, Asistencia y Prevención de la Violencia contra las mujeres por Razones de Género. Ambas iniciativas pasan a la Cámara de Diputados.
La Cámara alta dio tratamiento al proyecto venido en revisión de la Cámara de Diputados que establece el marco regulatorio de la carrera para el personal que realice actividades específicas de enfermería en las dependencias que funcionan en el ámbito del Ministerio de Salud.
La vicegobernadora Laura Stratta, en tanto, expresó que la Ley de Enfermería es "una iniciativa fundamental que permite seguir avanzando en más derechos para las y los trabajadores de la salud pública. También significa un reconocimiento al enorme esfuerzo que realizaron las y los enfermeros durante la pandemia".
Cabe recordar que el debate se retomó tras numerosos reclamos que hicieron distintos sectores vinculados al rubro y luego de la presencia de dirigentes sindicales en la última sesión y la promesa de avanzar en el proyecto, realizado por autoridades legislativas.
En Gualeguay y el resto de la provincia, los enfermeros han llevado a cabo numerosas movilizaciones para reclamar por derechos y mejoras salariales y laborales. Al respecto, la Licenciada en Enfermería, Lorena Magallán, quien cumple funciones en el Hospital San Antonio, explicó a El Debate Pregón dialogó días atrás: "Las reformas que se quieren hacer en la Ley de Enfermería tienen que ver principalmente con respecto al escalafón. Nosotros teníamos el tramo A para Auxiliares de enfermería y el tramo B para los enfermeros, licenciados, magister y doctores en enfermería. Ahora quieren que sea en cuatro tramos. El tramo A Enfermero, el B Licenciado en Enfermería, el C especialidades y el D Magister o Doctor en Enfermería".
"La ley también propone que nosotros tenemos que trabajar 8 horas diarias con un máximo de 160 horas mensuales, no pudiendo exceder a 40 horas por semana con los respectivos francos y que si llegáramos a trabajar los feriados nacionales, provinciales o locales se consideraría un franco doble y, en caso de que llegara a extenderse la jornada laboral, deberíamos tener una compensación económica", mencionó entre otros aspectos que también aborda la ley.