CASO MICAELA
Nestor Pavón: Presentaron un recurso para revisar el fallo
El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso extraordinario federal ante la STJ, que días atrás falló a favor de Nestor Pavón
Presentaron un recurso extraordinario para que la Corte revise el fallo que benefició a Nestor Pavón.
El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso extraordinario federal ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que días atrás falló a favor de Néstor Pavón, acusado por el delito de encubrimiento del femicidio de Micaela García. Con esa presentación, se busca la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La querella se sumó al planteo.
La resolución del STJ, fechada el 31 de julio, anuló parcialmente un fallo de la Cámara de Casación Penal que en 2019 confirmó la condena a prisión perpetua impuesta a Sebastián Wagner por el femicidio de Micaela, ocurrido el 1° de abril de 2017 en Gualeguay, y anuló la pena impuesta a Pavón, 5 años de cárcel por el delito de encubrimiento, y ordenó realizar un nuevo juicio.El voto que funda la posición de la Sala Penal lo firmó el vocal Daniel Carubia -al que adhirieron Miguel Giorgio y Claudia Mizawak-, que declaró la nulidad parcial de la sentencia de Casación en cuanto anuló la sentencia del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay respecto de la intervención de Pavón en el hecho y en cuanto rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de éste. Y consideró “erróneamente concedidos y mal admitidos por la Sala N° 1 de la Cámara de Casación Penal los recursos de casación de las acusaciones pública y privada impugnando la condena dictada contra el encartado Néstor Roberto Pavón, reenviando las actuaciones a la Casación interviniente a fin de que, debidamente integrado el tribunal, trate y se pronuncie respecto del recurso de casación oportunamente deducido por la defensa técnica de Néstor R. Pavón”.Recurso extraordinarioLa Procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche, y el Fiscal Coordinador Interino de la jurisdicción Gualeguay, Jorge Gamal Taleb, presentaron el recurso extraordinario federal para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación analice el fallo del STJ, lo deje sin efecto y “dictando o mandando dictar una nueva conforme a derecho”.
La tesis de la Fiscalía es que Pavón fue coautor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal con homicidio agravado y violencia de género.
Entre los argumentos contra el fallo que benefició a Pavón señalaron que “tanto el Tribunal de Juicio como la Sala Penal del STJER omitieron considerar una de las garantías procesales mínima de las que gozan las mujeres víctimas de violencia, de acuerdo con lo prescripto por la ley 26485 (Ley de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar, Erradicar la Violencia Contra las Mujeres), de carácter federal por ser reglamentaria de la Convención de Belém do Pará. Nos referimos a la necesaria ‘amplitud probatoria para acreditar los hechos denunciados, teniendo en cuenta las circunstancias especiales en las que se desarrollan los actos de violencia y quiénes son sus naturales testigos’”.
En el escrito, en primer lugar, recordaron los diferentes fallos en el proceso: el primero fue del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, que el 17 de octubre de 2017, declaró a Sebastián José Luis Wagner, autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con homicidio agravado por ser cometido con alevosía, criminis causa y violencia de género, que tuvo como víctima a Micaela García; y lo condenó a la pena de prisión perpetua y accesorias legales, unificándola con el lapso que le resta cumplir de la condena que le fuera impuesta en el Legajo N° 12856 –9 años de prisión y accesorias legales–, en orden a los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real –dos hechos– por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Concepción del Uruguay, imponiéndole la pena total y única de prisión perpetua y accesorias legales, por los delitos de abuso sexual con acceso carnal –dos hechos– en concurso real y abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con homicidio calificado por ser con alevosía, criminis causa y violencia de género.
Asimismo, declaró a Pavón autor material y penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado y se le impuso la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales.
Mencionaron que el 21 de mayo de 2019, los magistrados de la Sala N° 1 de la Cámara de Casación Penal de Paraná rechazaron los recursos de los condenados y, por el contrario, hicieron lugar a los recursos de casación del Ministerio Público Fiscal y de los querellantes particulares, Néstor García y Andrea Lescano, y anularon en lo decidido en torno a la intervención del imputado Pavón, ordenando la remisión de la causa a la instancia de grado, para que un Tribunal debidamente integrado realice un nuevo juicio oral y dicte una nueva sentencia.
Finalmente, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, el 31 de julio de 2020, resolvió hacer lugar a la impugnación extraordinaria presentada por la defensa técnica de Pavón contra la sentencia de Casación y quedó en libertad.“La sentencia es arbitraria”En el recurso extraordinario, los representantes de la Fiscalía sostuvieron que “la sentencia es arbitraria” y que “en algunos pasajes de la fundamentación, resulta contraria a las reglas de la lógica analítica o conceptual y, en otros, se basa en la mera voluntad del sentenciante”.
Más adelante, fundamentaron que “la facultad recursiva a los acusadores es una de las determinaciones imprescindibles de la tutela judicial de las víctimas y de la obligación estatal de debida diligencia reforzada, ante el hecho de que aquello que se tiene por cierto en una sentencia judicial (en el sub case la proposición negativa de que Pavón no fue el coautor del abuso sexual y homicidio de Micaela), es un saber falible y, además (como estimamos que ocurre en el caso), una aseveración que carece de verdad proposicional y rectitud normativa, vale decir, es falsa”.
Resaltaron que la vía recursiva es “necesaria para refutar e impugnar mediante razones una decisión que conlleva la impunidad parcial de un femicidio”. Y agregaron que “el recurso de casación (que se declarara “mal admitido”) era y es una garantía esencial de verdad y justicia”.
En otro pasaje del extenso escrito, cuestionaron nuevamente el análisis de la Sala Penal del STJ al analizar la prueba obrante contra Pavón. “Sobre este particular, el Tribunal realiza una superficial valoración de la prueba, al modo ‘dicho sea de paso’ (entendemos que debido a su postura central de que no existía vía recursiva para los acusadores), en virtud de la cual afirma que los elementos de cargo en contra de Pavón están conformados por ‘datos meramente anfibológicos que de ningún modo brindan certeza corroborante de la hipótesis principal de la acusación y sólo entregan material para conformar simple conjeturas que no superan el grado de una duda razonable, por completo insuficiente para arribar a una conclusión diferente a la que consagra el tribunal de juicio’. Esta es la única consideración del fallo en torno al material probatorio”.
También expresaron que “esta conclusión acerca de la falta de certeza suficiente para condenar a Pavón asume la forma de una afirmación voluntarista, por cuanto tal enunciado o proposición se encuentra desprovisto de una mínima justificación que lo explique”.
Y reforzaron: “No es que se trata en este aspecto del quebrantamiento de las reglas de la sana crítica racional sino que directamente no hay un análisis reflexivo del acervo probatorio, o al menos un ‘razonamiento reconocible’ que lo haga explícito, todo lo cual configura de modo prototípico una causal independiente de arbitrariedad de sentencias”.
Destacaron luego que “se colectaron datos con una indiscutible fiabilidad subjetiva de relevancia, los que acreditan la hipótesis de la coautoría y desmerecen de una manera irrefutable la tesis de la autoría única del Tribunal de Juicio (la que parece ser respaldada por la Sala Penal)”.Puntos que destacaron-En primer lugar, mencionaron que se cuenta con sendas y consistentes declaraciones del coimputado Wagner, en las que admite que él junto con Néstor Pavón captaron y raptaron a Micaela en la vía pública y la llevaron a un lugar alejado, donde abusaron sexualmente de ella y la mataron.
-Se colectaron valiosos e incriminadores datos adicionales de confirmación de lo declarado por Wagner.
-Mencionaron que un testigo escuchó a Micaela gritar en plural cuando fue abordada y captada (“Déjenme, no me peguen”), mientras que otra testigo contó en el juicio que vio a dos personas dentro del auto en el cual se trasladó a Micaela.
-Además, refirieron que Pavón admitió que estuvo con Wagner hasta altas horas de la madrugada la noche del delito. Y que adujo que Wagner lo dejó en su casa cerca de las 4 de la mañana y que sus vecinos vieron esta circunstancia. No obstante, citados a declarar, éstos lo desmintieron.
-También señalaron que es imposible que una sola persona capte con violencia a otra, mientras el autor se encarga de conducir el automotor y luego transitar con el vehículo y la víctima por calles y ruta sin problemas ni resistencia de la mujer. “Carece de una explicación plausible, que no sea la hipótesis de la comisión conjunta entre dos coautores, la circunstancia de que se encontró barro en el lado del acompañante”, destacaron.Fuente: Entre Ríos Ahora