JURY A CECILIA GOYENECHE
El fiscal ad-hoc formalizó la acusación contra la procuradora adjunta
Gastón Justet, el abogado de Gualeguay que interviene como fiscal ad-hoc en el jury, presentó una durísima acusación contra Goyeneche
Gastón Justet presentó la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento y dejó entrever que la procuradora adjunta tenía “intereses extraprocesales y extrajurídicos” en la causa donde se investigan las contrataciones irregulares en la Legislatura. Dijo que tenía una relación de amistad con uno de los imputados, que luego se trasladó “al ámbito de los negocios comunes”. Dos fiscales fueron ofrecidos como testigos.
La acusación, formalizada
El Jurado de Enjuiciamiento retomó su actividad en el proceso que se le sigue a Cecilia Goyeneche y hace unos días el fiscal ad-hoc acusó formalmente a la procuradora adjunta en un escrito en el que advirtió que hay una presunción de que tenía “intereses extraprocesales y extrajurídicos” en la causa de los contratos truchos de la Legislatura.
Gastón Justet, el abogado de Gualeguay que interviene como fiscal ad-hoc en el jury, presentó una durísima acusación contra Goyeneche por presunto mal desempeño y por haber tenido una conducta incompatible con las funciones a su cargo, en el marco de las denuncias formuladas por Carlos Guillermo Reggiardo, por un lado, y Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, por otro.
En el escrito, determinó los hechos que constituyen la acusación y dijo que Goyeneche tenía una relación personal con una persona a la que estaba investigando por las contrataciones irregulares en la Legislatura y que esa amistad “habría afectado las decisiones que fueron tomadas en el marco de dicha causa”.
Entonces, “pidió que se incorpore como prueba el legajo completo de la causa de los contratos truchos y que se cite como testigos a los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry, que tenían a su cargo la investigación, que ya fue elevada a juicio y el trámite está suspendido a la espera de que la Corte Suprema resuelva un conflicto de competencia planteado por un grupo de defensores de las personas imputadas”, escribió Juan Cruz Varela para el sitio “Página Judicial”.
El fiscal ad-hoc también pidió al Poder Judicial que remita la declaración jurada patrimonial de Goyeneche y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la de su esposo, que además debería declarar como testigo, al igual que el contador que compartía propiedades con la procuradora adjunta.
Lo que sigue
A partir de que Justet presentó formalmente la acusación, empezó a correr un plazo de quince días hábiles para que Goyeneche y su abogado, Enrique Pita, se expidan sobre la pretensión fiscal y ofrezcan la prueba de su parte.
Mientras tanto, deberá jurar Gonzalo García Garro como integrante del tribunal que juzgará la conducta de Goyeneche, tras el apartamiento de Luis Leissa por haber adelantado opinión sobre el proceso.
De qué se la acusa a Goyeneche
Las causales de la acusación contra Goyeneche giran en torno a la relación comercial y de amistad con el contador Pedro Opromolla, del estudio Integral Asesoría, que realizaba la gestión impositiva de los falsos contratistas y, posiblemente, también reclutaba a los prestanombres del esquema ilegal que funcionó en la Legislatura entre 2008 y 2018.
El segundo hecho que se le imputa a Goyeneche es haber instruido a los fiscales Yedro y Aramberry para que solicitaran autorización para “el allanamiento, requisa procesal y secuestro de su teléfono celular” de un testigo que había identificado al contador Orlando entre las personas que frecuentaban y trabajaban en el estudio contable.
Esas circunstancias, dice Justet en su acusación, “habrían derivado en la exteriorización de un interés extrajurídico y/o extraprocesal (de parte de Goyeneche) en la investigación de aquella causa”.
En los fundamentos de la acusación, el fiscal ad-hoc repasó los orígenes de una relación de amistad entre Goyeneche y Orlando y el contador imputado, que luego se trasladó “al ámbito de los negocios comunes entre la acusada y Opromolla, ya que eran socios en sendos contratos de fideicomiso en razón de los cuales compartían –en calidad de condóminos– tres propiedades inmuebles”, y agregó que en uno de ellos “existía un contrato de locación en favor de terceros vigente desde el 1 de julio de 2017, cuyo canon se repartía entre la acusada y Opromolla, y el cual era abonado en el estudio contable de este último, lo que implicaba –presumiblemente– que tanto la enjuiciada como su marido (sabían) de aquel contrato de alquiler”.
Fuente: Juan Cruz Varela para Página Judicial.