Larroque
Larroque : éste miércoles se realiza una charla sobre la “Ley Felipe”
Comenzará a las 19:30 en la Sala “Padre Ñaoli” y estará a cargo de Danilo Bertoni, padre de Felipe • La Ley Felipe, busca sistematizar el acompañamiento, apoyo y asesoramiento a familiares de pacientes oncológicos menores de edad
Este miércoles se realiza en Larroque una charla sobre la “Ley Felipe” en la Sala de Teatro Padre Ñaoli, ubicado en calle Tomás de Rocamora 341.
Dicha Ley Provincial Nº 11.032, reglamentada por Decreto 2629 por el gobernador Gustavo Bordet, establece la creación del “Programa Provincial de Acompañamiento Integral a Familiares de Pacientes Menores Oncológicos”.
La charla estará a cargo del padre de Felipe, Danilo Bertoni que integra y encabeza un grupo de padres que impulsaron el tratamiento para que ambas cámaras legislativas provinciales convirtieran el proyecto el Ley.
“Nuestro propósito siempre fue la lucha por derechos relacionados al cáncer, sostenidos en la salud pública como eje fundamental para los tratamientos en nuestra provincia”, puntualizó. Bertoni.
El programa
La Ley Felipe, busca sistematizar el acompañamiento, apoyo y asesoramiento a familiares de pacientes oncológicos menores de edad. Establece, además, que el programa estará en la órbita del Ministerio de Salud de la provincia.
El programa tiene como finalidad promover medidas de acción positiva tendientes al acompañamiento de los familiares de niños niñas y adolescentes que se encuentren bajo la calificación médica de tratamiento oncológico activo a partir de su diagnóstico.
La condición de tratamiento oncológico activo, según cada caso particular, será conforme a la indicación profesional médica o a la profesional médica tratante especialista.
Asimismo, se establece que el programa funcionará en el ámbito de la División de Gestión Integral en Red, dependiente del hospital Materno Infantil San Roque de la ciudad de Paraná.
En referencia a la normativa, busca garantizar cuatro tipos de prestaciones. En primer, lugar el traslado del paciente de la residencia al efector público donde será atendido, ya sea dentro de la provincia o fuera. La segunda prestación pretende, en caso de realizar la atención fuera de su localidad, asegurar la estadía para la persona y sus acompañantes (un titular y otro suplente); la tercera arista incluye el traslado interno desde el lugar de estadía hasta el efector sanitario; y por último se tiene en cuenta la alimentación, para lo que se sugiere que se brinden recursos económicos.