Trabajos domésticos
Suma fija para el sector doméstico: punto por punto, detalles a tener en cuenta
Se cobrará en dos tramos de $12.500 dentro de los primeros 15 días hábiles del mes, es decir, a lo largo de las tres primeras semanas. Cuándo; qué pasa si se tienen dos trabajos y otros detalles a tener en cuenta.
La ministra de Trabajo, Raquel "Kelly" Olmos, precisó que la suma fija para el sector de trabajos domésticos será de $25.000 a pagar en dos veces y en forma proporcional a las horas trabajadas.
Se cobrará en dos tramos de $12.500 dentro de los primeros 15 días hábiles del mes, es decir, a lo largo de las tres primeras semanas.
¿Cuándo?
La suma fija se cobra en septiembre y octubre porque complementa los salarios de agosto y septiembre.
¿Qué pasa si se tienen dos trabajos?
Se cobra en forma proporcional en cada trabajo. Por ejemplo: Si se trabajan 4 horas en una casa y otras 4 horas en otra casa, en cada lugar tienen que pagar $6.250 en septiembre y $6.250 en octubre para completar los $12.500 por total en casa mes. .
¿Qué ayuda tienen quienes dan el empleo?
Quedan eximidos de pagar contribuciones patronales si realizaron la presentación y pagaron el impuesto a los Bienes Personales del ejercicios 2022.
¿Qué quiere decir que es "no remunerativa"?
No suma para calcular el aguinaldo .
No suma para calcular horas extras.
No suma para el cálculo de vacaciones si las tomé en agosto o las tomo en septiembre.
No suma para premios o compensaciones.
No queda incluida en el sueldo salvo que lo incorpore la paritaria.
¿Qué tiene que pasar para que se reabra la paritaria y quede incluida en el sueldo?
Que el gremio la pida, que se acuerde la revisión y que luego sea homologada por el Ministerio de Trabajo.
¿Qué pasa con el sueldo en octubre?
Ya no se cobra la suma fija y sólo quedarán los aumentos pactados por paritarias o acordados con los empleadores.
¿Qué pasa si en el recibo hay un ítem que dice "a cuenta de futuros aumentos"?
La suma fija puede descontarse de ese monto. El Ministerio no dio precisiones al respecto y se definirá con la letra chica del Decreto.
¿Qué pasa si ya se cobró o se está por cobrar el sueldo de agosto?
El empleador deberá hacer el pago complementario con el recibo correspondiente.
¿Qué pasa si se trabaja "en negro" o no se está registrado formalmente?
Queda a criterio del empleador. La norma sólo alcanza a trabajadores formales.
¿Qué pasa si no pagan la suma fija?
Se debe hacer la denuncia ante el Ministerio de Trabajo y puede ser en forma anónima.